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El concepto de territorio consagrado en la Constitución Política en sus artículos 103 y siguientes, es establecido como el grupo de espacios físicos que determinan y constituyen la soberanía nacional y que reúne los espacios culturales, políticos, jurisdiccionales y socioeconómicos de un país, que deberá encontrarse en permanente regulación, estructuración y organización a través de los mecanismos correspondientes, que generen su sistematización y programación.
Así las cosas, el ordenamiento territorial tanto municipal y distrital, se encuentra regulado en el Capítulos II y III de la Ley 388 de 1997, comprendiendo “el conjunto de acciones político administrativas y de planificación física concertadas …, en orden a disponer de instrumentos eficientes para orientar el desarrollo del territorio… y regular la utilización, transformación y ocupación del espacio, de acuerdo a las estrategias de desarrollo socioeconómico y en armonía con el medio ambiente y las tradiciones históricas y culturales”[1], acciones que generan la planificación económica y social del territorio, a través de la proyección, adopción, diseño, etc., y la consecuente aplicación de estrategias, instrumentos, procedimientos, etc., que permiten la estructuración de las ciudades.
De lo anterior, y según lo consagrado en el articulo 9 de la ley en mención, el instrumento general y básico para el ordenamiento territorial, es el denominado Plan de Ordenamiento Territorial, establecido como el “conjunto de objetivos, directrices, políticas, estrategias, metas, programas, actuaciones y normas adaptadas para orientar y administrar el desarrollo físico del territorio y la utilización del suelo”[2]
Es así, como desde el año 2000, Bogotá se ha encargado de regular dichos aspectos a través de la elaboración de cinco planes de ordenamiento territorial, de
[1] Articulo 5 Ley 388 de 1997
[2] Articulo 9 Ley 388 de 1997
los cuales, los cuatro primeros pueden ser analizados desde el punto de vista de su planificación, decisiones y modelo político, a saber:
- Decreto 619 de Julio 28 de 2000
- Decreto 469 de Diciembre 23 de 2003
- Decreto 190 de Junio 22 de 2004
- Decreto 364 de Agosto 26 de 2013
- Bogotá Reverdece 2022-2035
De esta manera entonces presentamos un breve repaso por cada uno de ellos:
DECRETO 619 DE 2000
Desde su planificación, el decreto de la referencia se instauró de modo tradicional y participativo en virtud de la cooperación ciudadana con el fin de evaluar las diversas propuestas mediante la concertación de la ciudadanía en general, se evaluaron las opiniones de los gremios económicos y agremiaciones profesionales a través de foros, convocatorias, presentaciones publicas, teleconferencias, boletines de prensa, seminarios, foros internaciones y encuestas.
Se realizaron procesos de concertación, veedurías ciudadanas, ejercicios y controles de vigilancia por parte de particulares, procesos que “Que desde el inicio de la concertación del proyecto de Plan de Ordenamiento Territorial del Distrito Capital con las autoridades ambientales, el Departamento Administrativo de Planeación Distrital continuó con el proceso de participación ciudadana, para lo cual evaluó las opiniones de los gremios económicos y las agremiaciones profesionales, realizó convocatorias, foros, presentaciones públicas y teleconferencias para su discusión, expuso los documentos básicos del mismo en sitios accesibles a todos los interesados, recogió, analizó y dio respuesta a las recomendaciones y observaciones presentadas por la ciudadanía en general y por las distintas entidades gremiales, ecológicas, cívicas y comunitarias.
Que dentro del proceso de participación ciudadana, se efectuaron más de 305 exposiciones y reuniones de trabajo, participaron 889 instituciones privadas y públicas, los contenidos del plan se divulgaron a través de tres (3) teleconferencias, 44 boletines de prensa, 30 convocatorias de prensa a los diferentes eventos, 3 seminarios y foros internacionales, plegables y exposiciones permanentes e itinerantes del Plan y se realizaron y analizaron 500 encuestas”. [1]
Así entonces es importante señalar que las decisiones plasmadas en este decreto fueron tomadas desde las opiniones de la gente y desde el saber, a través de las unidades de planeamiento reconocible, los mecanismos de acuerdos municipales, el tratamiento del manejo ambiental, los sistemas regionales de abastecimiento de aguas, la correcta identificación de proyectos y estrategias, entre otros;
Desde el modelo político, a raíz de su estructuración con base en la gente y el saber, es determinado a través del modelo político democrático, definida como “Etimológicamente, la palabra proviene del griego: δημοκρατία, «demos», pueblo, gente, y «kratos», poder, superioridad. La democracia es una forma de gobierno en la que se plantea que el poder político es ejercido por los individuos pertenecientes a una misma comunidad política, es decir a los ciudadanos de una nación. La preocupación central de una democracia auténtica consiste en garantizar que todos los miembros de la sociedad tengan una posibilidad real e igual de participar en las decisiones colectiva”. [2]
En este orden de ideas, fue enmarcado como un plan de ordenamiento territorial para el pueblo, y desde el pueblo, a través de su extensa participación ciudadana.
DECRETO 469 DE 2003
Desde su planificación, al igual que el anterior, se realizó a través del modo tradicional y participativo, mediante las instancias de concertación y consulta a través de la oficina de Planeación para la formulación oportuna del proyecto de plan de ordenamiento territorial.
- “10 (diez) mesas de trabajo … en las cuales participaron dentro de las discusiones y propuestas presentadas para la revisión del Plan de Ordenamiento Territorial, representantes de las entidades distritales, de las autoridades ambientales y del Consejo Territorial de Planeación entre otros.
- Remitió el proyecto de revisión a consideración del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente (DAMA) y de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) con el fin de adelantar el proceso de concertación de los aspectos ambientales …
- Publicó en la página web de ese Departamento desde el 30 de julio de 2003 el proyecto de revisión, con el fin de que la ciudadanía contara con la oportunidad de pronunciarse sobre el mismo.
- Adelantó varias presentaciones públicas sobre la revisión.
- Así mismo envió a las Alcaldías Locales volantes informativos sobre la publicación del proyecto de revisión del Plan de Ordenamiento y entregó mas de 300 discos compactos que contienen en medio magnético la propuesta de revisión y 300 publicaciones”
Desde las decisiones, fueron tomadas desde el saber y la gente, a través de la autorregulación de actores, procesos de expansión urbana, modelos de ciudad diversificada con centro especializado de servicios, y movilidad inteligente, entre otros.
Desde el modelo político, se estableció mediante el modelo democrático participativo, lo que generó entonces la continuidad de ser un modelo de ordenamiento territorial pensando en la ciudadanía.
DECRETO 190 DE 2004
Desde su planificación, el presente plan de ordenamiento se estructuró través de los modelos tradicionales e incrementales al encargarse de la compilación de las disposiciones contempladas los anteriores dos planes de ordenamiento territorial, descritos anteriormente, por lo tanto y como se ve en su artículo 1:
“Artículo 1º. Este decreto compila las normas de los Decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003, que conforman el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá, D. C. Para efectos metodológicos, al final de cada artículo se indican las fuentes de las normas distritales compiladas”.
Desde la toma de decisiones, se desarrolló y pensó desde la gente, a través de planes de movilidad inteligente, servicios públicos, red de ciudades para el aprovechamiento del uso del suelo, posibilidad de atraer la inversión extranjera e incentivar el desarrollo de cadenas productivas mediante la conformación de redes de recuperación y manejo del espacio público y la equitativa distribución de cargas y beneficios.
Desde el modelo político, por la participación de las alcaldías locales en la gestión, aplicación, seguimiento, evaluación y control del plan de ordenamiento territorial, se evidencia así la consecución del modelo democrático, hecho que lo diferencia de los dos iniciales, pues empieza a tomar su estructuración y concertación con algunos tintes de orden político.
DECRETO 364 DE 2013
Desde el modelo contemporáneo de planificación, se evidencian los modelos incrementales y participativos en la formación del plan, a través de la participación de las Juntas Administradoras Locales, cabildos con jóvenes y mujeres, encuentros distritales temáticos, mesas de trabajo, publicaciones web para conocimiento ciudadano, etc.
Desde la toma de decisiones, a través de la autorregulación de actores, con el fin de orientar el desarrollo económico, social, planificación del ordenamiento territorial a largo plazo, aumento de competitividad, productividad sectorial con responsabilidad fiscal, políticas de competitividad, consolidación de ciudad como centro de productividad e innovación etc.
Desde la gente y desde los vulnerables, a través del incremento del equilibrio y equidad territorial para el beneficio social, distribución y oferta de bienes y servicios a todos los ciudadanos, disminución de los factores de pobreza y vulnerabilidad urbana y/o rural, la disminución de las causas que generan exclusión, segregación socio-espacial y desigualdad de la población, priorización de la inversión pública en la atención de necesidades en las zonas que albergan grupos vulnerables, generación de suelo apto para el desarrollo de programas de vivienda de interés social y prioritaria, generación de empleo, gestión de proyectos económicos, entre otros.
Desde el modelo político, se establece que es democrático a través de su presentación al Concejo de Bogotá y a la ciudadanía.
Es importante indicar sobre este decreto que el mismo se encuentra declarado nulo por no haber sido aprobado por el Concejo de Bogotá y haber sido expedido por Gustavo Petro de forma equivoca desconociendo que el Concejo había negado su aprobación; por lo tanto, en la actualidad en la capital colombiana rige el DECRETO 190 DE 2004, a la espera de la aprobación o no del Decreto de Plan de Ordenamiento Territorial BOGOTÁ REVERDECE 2022-2035.
Este último fue radicado el 10 de septiembre de 2021 al Concejo de Bogotá para su aprobación.
BOGOTÁ REVERDECE 2022-2035, tiene como pilares fundamentales:
- Reactivación: se generarán las condiciones para la reactivación de la economía y el aumento de ingresos a través de 400 mil nuevos empleos, de los cuales 118.000 serán generados por la actividad edificadora que le permitirá a las familias más vulnerables salir de la pobreza y mejorar la calidad de vida de todas y todos.
- Movilidad sostenible: consolida un modelo de movilidad sostenible que descarboniza la ciudad a partir del sistema férreo como columna vertebral: Regiotram, Metro y cable aéreo; así como el transporte peatonal y en bicicleta.
La movilidad sostenible trae:
- 2 Líneas de Regiotram
- 5 líneas de metro en los próximos 30 años
- 7 Cables Aéreos
- 20 corredores de alta capacidad (190,1 km)
- 32 corredores verdes 231 km para movilidad amigable con el medio ambiente
- 49 km de la malla vial rural mejoradas
- 221 km de infraestructura peatonal mejorados
- 171,88 hectáreas en espacios públicos peatonales para el encuentro renaturalizados y reverdecidos
- Consagra al peatón y al biciusuario como los protagonistas del espacio público y de la movilidad de nuestra ciudad.
- Reverdece: Se reconoce y valora a la Estructura Ecológica Principal (montañas, ríos, parques, reservas o áreas protegidas, bosques urbanos, zonas con alta capacidad de drenaje de aguas lluvias y el sistema de paisajes naturales) como la ordenadora del territorio.
- Se aumenta en un 30%, al pasar de 95.000 a 124.000 hectáreas.
- 4.000 hectáreas recuperadas, rehabilitadas o restauradas de elementos de importancia ambiental
- Cuidado: Por primera vez se institucionaliza una ciudad con enfoque diferencial y de género, que territorializa el Sistema de Cuidado, a través del Plan de Ordenamiento Territorial, como parte fundamental de la red de equipamientos, infraestructura y servicios públicos, en beneficio de todas y todos.
Se institucionaliza la Estructura funcional y del cuidado como una jerarquía. La territorialización del Sistema de Cuidado es la mayor innovación social en la historia de la ciudad. Se consolida una red que articula los equipamientos y servicios sociales para reconocer, redistribuir y reducir el tiempo dedicado, especialmente por mujeres, al trabajo de cuidado no remunerado.
- Tres tipos de servicios ofertados en el Sistema Distrital de Cuidado:
- Cuidado a personas cuidadoras.
- Cuidado a niños y niñas, personas con discapacidad y personas mayores.
- Transformación cultural para erradicar el machismo y promover masculinidades cuidadoras y corresponsables.
De lo anterior, se establece que los cuatro iniciales planes de ordenamiento del territorio que ha regido la organización de Bogotá, como capital de la Nación, reúne modelos participativos, democráticos y liberales, y se fundan en el saber y las necesidades de la población en general, desde los más hasta los menos vulnerables, desde la autorregulación de actores, a través del reparto de cargas, desde la concreción de políticas adaptadas a necesidades propias, generación de empleo, administración regulada, etc., situaciones, estrategias, políticas, metas, modelos, entre otros, que tratan de adecuar la realidad actual de la ciudad con la normatividad correspondiente, siendo generadores de desarrollo político, social, económico, cultural y ambiental, ahora bien, BOGOTÁ REVERDECE 2022-2035, plantea una serie de cambios para la ciudad enfocando su planeación desde la protección al planeta, el peatón como rey de la movilidad, cualificación del espacio público, Bogotá como una ciudad ecoeficiente, biodiversa y reverdecida, si embargo en la actualidad se debe esperar que el Concejo de Bogotá apruebe o no el mismo para saber si es posible convertir a Bogotá en una ciudad reverdecida como se plantea por la administración local.
[1] Decreto 619 de 2000
[2] Biblioteca Virtual Biblioteca Luis Ángel Arango., http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/ayudadetareas/poli/poli25.htm
DECRETO 469 DE 2003
Desde su planificación, al igual que el anterior, se realizó a través del modo tradicional y participativo, mediante las instancias de concertación y consulta a través de la oficina de Planeación para la formulación oportuna del proyecto de plan de ordenamiento territorial.
- “10 (diez) mesas de trabajo … en las cuales participaron dentro de las discusiones y propuestas presentadas para la revisión del Plan de Ordenamiento Territorial, representantes de las entidades distritales, de las autoridades ambientales y del Consejo Territorial de Planeación entre otros.
- Remitió el proyecto de revisión a consideración del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente (DAMA) y de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) con el fin de adelantar el proceso de concertación de los aspectos ambientales …
- Publicó en la página web de ese Departamento desde el 30 de julio de 2003 el proyecto de revisión, con el fin de que la ciudadanía contara con la oportunidad de pronunciarse sobre el mismo.
- Adelantó varias presentaciones públicas sobre la revisión.
- Así mismo envió a las Alcaldías Locales volantes informativos sobre la publicación del proyecto de revisión del Plan de Ordenamiento y entregó mas de 300 discos compactos que contienen en medio magnético la propuesta de revisión y 300 publicaciones”
Desde las decisiones, fueron tomadas desde el saber y la gente, a través de la autorregulación de actores, procesos de expansión urbana, modelos de ciudad diversificada con centro especializado de servicios, y movilidad inteligente, entre otros.
Desde el modelo político, se estableció mediante el modelo democrático participativo, lo que generó entonces la continuidad de ser un modelo de ordenamiento territorial pensando en la ciudadanía.
DECRETO 190 DE 2004
Desde su planificación, el presente plan de ordenamiento se estructuró través de los modelos tradicionales e incrementales al encargarse de la compilación de las disposiciones contempladas los anteriores dos planes de ordenamiento territorial, descritos anteriormente, por lo tanto y como se ve en su artículo 1:
“Artículo 1º. Este decreto compila las normas de los Decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003, que conforman el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá, D. C. Para efectos metodológicos, al final de cada artículo se indican las fuentes de las normas distritales compiladas”.
Desde la toma de decisiones, se desarrolló y pensó desde la gente, a través de planes de movilidad inteligente, servicios públicos, red de ciudades para el aprovechamiento del uso del suelo, posibilidad de atraer la inversión extranjera e incentivar el desarrollo de cadenas productivas mediante la conformación de redes de recuperación y manejo del espacio público y la equitativa distribución de cargas y beneficios.
Desde el modelo político, por la participación de las alcaldías locales en la gestión, aplicación, seguimiento, evaluación y control del plan de ordenamiento territorial, se evidencia así la consecución del modelo democrático, hecho que lo diferencia de los dos iniciales, pues empieza a tomar su estructuración y concertación con algunos tintes de orden político.
DECRETO 364 DE 2013
Desde el modelo contemporáneo de planificación, se evidencian los modelos incrementales y participativos en la formación del plan, a través de la participación de las Juntas Administradoras Locales, cabildos con jóvenes y mujeres, encuentros distritales temáticos, mesas de trabajo, publicaciones web para conocimiento ciudadano, etc.
Desde la toma de decisiones, a través de la autorregulación de actores, con el fin de orientar el desarrollo económico, social, planificación del ordenamiento territorial a largo plazo, aumento de competitividad, productividad sectorial con responsabilidad fiscal, políticas de competitividad, consolidación de ciudad como centro de productividad e innovación etc.
Desde la gente y desde los vulnerables, a través del incremento del equilibrio y equidad territorial para el beneficio social, distribución y oferta de bienes y servicios a todos los ciudadanos, disminución de los factores de pobreza y vulnerabilidad urbana y/o rural, la disminución de las causas que generan exclusión, segregación socio-espacial y desigualdad de la población, priorización de la inversión pública en la atención de necesidades en las zonas que albergan grupos vulnerables, generación de suelo apto para el desarrollo de programas de vivienda de interés social y prioritaria, generación de empleo, gestión de proyectos económicos, entre otros.
Desde el modelo político, se establece que es democrático a través de su presentación al Concejo de Bogotá y a la ciudadanía.
Es importante indicar sobre este decreto que el mismo se encuentra declarado nulo por no haber sido aprobado por el Concejo de Bogotá y haber sido expedido por Gustavo Petro de forma equivoca desconociendo que el Concejo había negado su aprobación; por lo tanto, en la actualidad en la capital colombiana rige el DECRETO 190 DE 2004, a la espera de la aprobación o no del Decreto de Plan de Ordenamiento Territorial BOGOTÁ REVERDECE 2022-2035.
Este último fue radicado el 10 de septiembre de 2021 al Concejo de Bogotá para su aprobación.
BOGOTÁ REVERDECE 2022-2035, tiene como pilares fundamentales:
- Reactivación: se generarán las condiciones para la reactivación de la economía y el aumento de ingresos a través de 400 mil nuevos empleos, de los cuales 118.000 serán generados por la actividad edificadora que le permitirá a las familias más vulnerables salir de la pobreza y mejorar la calidad de vida de todas y todos.
- Movilidad sostenible: consolida un modelo de movilidad sostenible que descarboniza la ciudad a partir del sistema férreo como columna vertebral: Regiotram, Metro y cable aéreo; así como el transporte peatonal y en bicicleta.
La movilidad sostenible trae:
- 2 Líneas de Regiotram
- 5 líneas de metro en los próximos 30 años
- 7 Cables Aéreos
- 20 corredores de alta capacidad (190,1 km)
- 32 corredores verdes 231 km para movilidad amigable con el medio ambiente
- 49 km de la malla vial rural mejoradas
- 221 km de infraestructura peatonal mejorados
- 171,88 hectáreas en espacios públicos peatonales para el encuentro renaturalizados y reverdecidos
- Consagra al peatón y al biciusuario como los protagonistas del espacio público y de la movilidad de nuestra ciudad.
- Reverdece: Se reconoce y valora a la Estructura Ecológica Principal (montañas, ríos, parques, reservas o áreas protegidas, bosques urbanos, zonas con alta capacidad de drenaje de aguas lluvias y el sistema de paisajes naturales) como la ordenadora del territorio.
- Se aumenta en un 30%, al pasar de 95.000 a 124.000 hectáreas.
- 4.000 hectáreas recuperadas, rehabilitadas o restauradas de elementos de importancia ambiental
- Cuidado: Por primera vez se institucionaliza una ciudad con enfoque diferencial y de género, que territorializa el Sistema de Cuidado, a través del Plan de Ordenamiento Territorial, como parte fundamental de la red de equipamientos, infraestructura y servicios públicos, en beneficio de todas y todos.
Se institucionaliza la Estructura funcional y del cuidado como una jerarquía. La territorialización del Sistema de Cuidado es la mayor innovación social en la historia de la ciudad. Se consolida una red que articula los equipamientos y servicios sociales para reconocer, redistribuir y reducir el tiempo dedicado, especialmente por mujeres, al trabajo de cuidado no remunerado.
- Tres tipos de servicios ofertados en el Sistema Distrital de Cuidado:
- Cuidado a personas cuidadoras.
- Cuidado a niños y niñas, personas con discapacidad y personas mayores.
- Transformación cultural para erradicar el machismo y promover masculinidades cuidadoras y corresponsables.
De lo anterior, se establece que los cuatro iniciales planes de ordenamiento del territorio que ha regido la organización de Bogotá, como capital de la Nación, reúne modelos participativos, democráticos y liberales, y se fundan en el saber y las necesidades de la población en general, desde los más hasta los menos vulnerables, desde la autorregulación de actores, a través del reparto de cargas, desde la concreción de políticas adaptadas a necesidades propias, generación de empleo, administración regulada, etc., situaciones, estrategias, políticas, metas, modelos, entre otros, que tratan de adecuar la realidad actual de la ciudad con la normatividad correspondiente, siendo generadores de desarrollo político, social, económico, cultural y ambiental, ahora bien, BOGOTÁ REVERDECE 2022-2035, plantea una serie de cambios para la ciudad enfocando su planeación desde la protección al planeta, el peatón como rey de la movilidad, cualificación del espacio público, Bogotá como una ciudad ecoeficiente, biodiversa y reverdecida, si embargo en la actualidad se debe esperar que el Concejo de Bogotá apruebe o no el mismo para saber si es posible convertir a Bogotá en una ciudad reverdecida como se plantea por la administración local.